Novedades del mes
Cargar lo que cambia de un mes a otro para cada empleado (horas extras, ausencias, adelantos, premios, comisiones, embargos y otros conceptos) para que entre en la liquidación.
Antes de empezar
- El empleado tiene que estar activo: el desplegable solo muestra a los activos.
- Cargá las novedades antes de liquidar el mes. Si el período ya está en borrador, después tocá Recalcular.
Paso a paso
1. Elegí el mes
En Período escribí el mes en formato AAAA-MM (por ejemplo, 2026-10). Viene con el mes actual. El listado de abajo muestra las novedades de ese mes.
2. Cargá la novedad
En la misma fila completá:
| Campo | Qué es | Obligatorio |
|---|---|---|
| Empleado | La persona. Elegila de la lista | Sí |
| Tipo | Qué tipo de novedad es (ver la tabla de abajo) | Sí |
| Cantidad | Horas o días, según el tipo | Según el tipo |
| Importe | Monto en pesos, según el tipo | Según el tipo |
| Detalle | Una aclaración. En los tipos que van por importe, este texto reemplaza el nombre del concepto en el recibo | No |
Tocá Agregar. El botón se habilita cuando elegiste el empleado. La novedad aparece en el listado como pendiente.
✅ Consejo: como dice la pantalla, horas extras y ausencias se cargan por cantidad; adelantos, premios y embargos por importe. Si cargás una hora extra con importe en lugar de cantidad, no se liquida.
3. Repetí por cada novedad
Podés cargar varias novedades del mismo tipo para la misma persona: se suman.
Los tipos de novedad y qué hacen en el recibo
| Tipo | Se carga con | Qué hace en el recibo |
|---|---|---|
| Horas extras 50% | Cantidad (horas) | Suma Horas extras 50%: valor hora × 1,5 × horas |
| Horas extras 100% | Cantidad (horas) | Suma Horas extras 100%: valor hora × 2 × horas |
| Ausencia injustificada | Cantidad (días) | Descuenta esos días del básico y deja el presentismo en cero |
| Licencia | — | No cambia el cálculo. Queda solo como registro |
| Adelanto | Importe | Descuenta Adelanto de sueldo |
| Embargo | Importe | Descuenta Embargo judicial |
| Premio | Importe | Suma Premio / bonificación (remunerativo) |
| Comisión | Importe | Suma Comisiones (remunerativo) |
| Viático c/comprobante | Importe | Suma Viáticos con comprobante (no remunerativo) |
| Otro remunerativo | Importe | Suma un concepto remunerativo con el nombre del Detalle |
| Otro NO remunerativo | Importe | Suma un concepto no remunerativo con el nombre del Detalle |
| Otra deducción | Importe | Descuenta un concepto con el nombre del Detalle |
Los conceptos remunerativos pagan aportes y contribuciones; los no remunerativos, no.
⚠️ Importante: un viático sin comprobante es remunerativo (Art. 106 LCT). Cada vez que cargás Viático c/comprobante, el recibo te lo recuerda. Si no tenés comprobante, cargalo como Otro remunerativo.
Las novedades entran solo en las liquidaciones Mensual, 1ª quincena y 2ª quincena. El SAC / Aguinaldo y las Vacaciones no las toman, ni tampoco entran en el cálculo del aguinaldo o de las vacaciones.
Cada novedad se aplica una sola vez: si liquidás por quincena, las novedades pendientes del mes entran en la primera quincena que confirmes y ya no vuelven a entrar en la otra. Si querés que algo vaya en la 2ª quincena, cargalo después de confirmar la 1ª.
El estado de la novedad
- pendiente: todavía se puede borrar. Entra en la próxima liquidación mensual o de quincena de ese mes (y en cada recálculo mientras esté en borrador).
- aplicada: ya entró en una liquidación confirmada. No se puede borrar ni vuelve a entrar en otra.
Al Confirmar una liquidación mensual o de quincena, las novedades de los empleados liquidados pasan a aplicada. Si después el Administrador anula esa liquidación, vuelven a pendiente (salvo que haya otra liquidación confirmada del mismo mes: en ese caso quedan aplicadas y la pantalla te lo avisa).
Borrar una novedad
Tocá Borrar en su fila. Solo lo ve el Administrador y solo en novedades pendientes. Si el período está en borrador, después tocá Recalcular para que el recibo deje de incluirla.
No se puede editar una novedad: borrala y cargala de nuevo.
Si algo no sale como esperabas
"Período inválido (formato AAAA-MM)". Escribí el mes con año de cuatro cifras, guion y mes de dos cifras: 2026-03, no 3/2026.
"La novedad ya está aplicada en un período confirmado". El mes ya se confirmó. Para corregirlo, cargá una novedad nueva en el mes siguiente (por ejemplo, Otra deducción u Otro remunerativo) y explicalo en el Detalle. Si el error es grande, el Administrador puede anular la liquidación: las novedades vuelven a pendiente y podés liquidar el mes de nuevo.
El listado muestra un código en lugar del nombre del empleado. El empleado está dado de baja: el listado solo muestra el nombre de los activos.
Cargué la novedad y el recibo no cambió. Si el período ya estaba liquidado en borrador, tocá Recalcular. Si es una hora extra o una ausencia, fijate que la hayas cargado en Cantidad.
Las deducciones superan el 30 % del remunerativo. El recibo avisa: "Art. 133 LCT: tope general del 20% (los embargos tienen su propio régimen)." Revisá los adelantos y las otras deducciones del mes.
Preguntas frecuentes
¿Puedo cargar las novedades de un mes futuro? Sí. Cambiá el Período y cargalas: entran cuando liquides ese mes.
¿Cómo cargo un adicional fijo que se repite todos los meses? Cargalo cada mes como novedad. No hay conceptos fijos por empleado desde la pantalla.
¿Por qué no puedo borrar una novedad si soy Contador? Borrar está reservado al Administrador. El Contador puede cargarlas.
Ver también
Actualizado: 09/10/2026